El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud compuesto por Gobierno de España y los gobiernos autonómicos ha acorado las normas para los días 24,25 y 31 de diciembre así como para el 1 y el 6 de enero.
- Solo se puede viajar entre Comunidades Autónomas si es para visitar a familiares y/o allegados. Las comunidades podrán restringir estas excepciones a días concretos
- Los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 se pueden hacer reuniones de un máximo de 10 personas -incluidos niños-, salvo que se trate de convivientes. El resto de días se continuará con las restricciones vigentes en cada comunidad.
- Comercios y restauración se regirán por las normas de aforo y horarios que estén vigentes en cada comunidad autónoma.
- Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público -incluidas Cabalgatas de Reyes.